ARCA · Libro de Sueldos Digital
Mi Argentina ya muestra la liquidación: el empleado ve lo que presentás en el Libro de Sueldos Digital
publicado el 3 de agosto de 2026

El recibo dejó de ser el único lugar donde el empleado ve su sueldo. ARCA y la Secretaría de Innovación habilitaron Mi liquidación digital dentro de Mi Argentina: el trabajador entra a la sección Trabajo y consulta, sin necesidad de clave fiscal, lo que su empleador declaró por cada período.
Qué ve el empleado
- Remuneración bruta y neta del período.
- Los descuentos aplicados: jubilación, ley 19.032, obra social y aportes sindicales.
- Las contribuciones patronales declaradas y su derivación a los subsistemas de la seguridad social.
Alcanza sólo a los trabajadores del sector privado que figuran en una liquidación presentada en los sistemas de ARCA, es decir, la que sale del Libro de Sueldos Digital. Se accede desde la app o desde la web, con usuario de Mi Argentina validado.
Qué cambia para el estudio
Ningún trámite nuevo: no hay que presentar, habilitar ni adherir nada. Lo que cambia es la exposición. Hasta ahora la declaración era un archivo que veían ARCA y el estudio; desde julio la lee también el empleado, y cualquier diferencia con el papel que firmó aparece del otro lado del mostrador.
Las diferencias típicas no son de mala fe, son de proceso: una liquidación que se declara con conceptos armados aparte del recibo, un concepto propio de la empresa que se mapea a un código de ARCA que no le corresponde, un ajuste que se pagó pero se presentó en otro período, una rectificativa que quedó por hacer. Todo eso ahora se ve.
En Contala el recibo y el LSD son la misma liquidación
El archivo del Libro de Sueldos Digital no se arma aparte: se genera desde la liquidación que imprime el recibo. Los mismos conceptos, con el código de ARCA que cada uno tiene asignado, la actividad SUSS que corresponde al empleado y las mismas bases imponibles. Si el recibo dice una cosa, la declaración dice esa misma cosa.
Y cuando hay que corregir un período ya presentado, la anulación genera la liquidación de reversa y la reliquidación del período, para que lo declarado quede reflejando lo que efectivamente se pagó.