Trabajo agrario · Ley 26.727
Trabajo agrario: la paritaria de julio está firmada pero sin anexo — agosto se paga con los valores de mayo
Acta del 26 de marzo de 2026 · publicado el 2 de agosto de 2026

Si liquidás personal rural permanente, agosto se paga con los valores de mayo–julio: la paritaria julio–octubre 2026 ya está firmada, pero la CNTA todavía no publicó el anexo completo por categoría, así que hasta que salga rige por ultraactividad la escala anterior.
Contala incorpora el Régimen de Trabajo Agrario —Ley 26.727, con las remuneraciones mínimas que fija la Comisión Nacional de Trabajo Agrario en paritaria con UATRE— para el personal permanente de prestación continua: peones, especializados, tractoristas, personal de tambo y jerarquizados de campo.
Lo que el régimen trae y la app resuelve
- Las 12 categorías mensualizadas de la CNTA, del peón general al encargado, con las escalas desde febrero 2026 y las sumas no remunerativas del acta de marzo (Res. CNTA 290/2025 y acta homologada por Disp. 643/2026).
- Bonificación por antigüedad propia del régimen: 1% del básico por año, y 1,5% por año a partir del undécimo.
- El seguro de sepelio del RENATRE (1,5%), la retención específica del trabajador rural, con su código propio en el Libro de Sueldos Digital.
- Obra social OSPRERA, cuota sindical UATRE al afiliado y contribución solidaria al no afiliado según el acuerdo vigente.
- Actividad 097 del F.931: los empleados del régimen se informan como trabajador agrario en el LSD, sin configurar nada.
El monitor de escalas revisa la publicación oficial a diario: apenas salga el anexo julio–octubre con el detalle por categoría, las escalas nuevas se cargan.
Los valores por categoría están en la escala pública de Trabajo agrario.