Casas particulares · Ley 26.844
Casas particulares: julio no aumentó 1,4% — primero se incorporaron $10.000 al básico
Acta del 10 de junio de 2026 · publicado el 3 de agosto de 2026

Si liquidás personal de casas particulares y a los básicos de junio les aplicaste el 1,4% que anunció la resolución, el sueldo de julio quedó corto. El aumento se calcula en dos pasos, y el primero es el que se pasa por alto.
La cuenta de julio
La Res. CNTCP 4/2026 dispuso dos cosas para julio en artículos distintos: incorporar al básico el 50% restante de la suma no remunerativa acordada en marzo (art. 6°) y recién después aplicar el 1,4% (art. 4°). En el tramo de 16 horas semanales o más eso son $10.000 que entran al básico antes del porcentaje.
Sobre tareas generales sin retiro:
- Junio: $488.326,19
- Se incorporan los $10.000 de la no remunerativa: $498.326,19
- Se aplica el 1,4%: $505.302,76
Contra los $495.162,76 que daría el 1,4% a secas, son $10.140 de diferencia por mes y por persona. El aumento real de julio ronda el 3,3% al 3,5% según la categoría, porque la suma que se incorpora es fija y el porcentaje no.
Los $20.000 de la suma no remunerativa de marzo ya no existen como concepto: la mitad se incorporó al básico en abril y la otra mitad en julio.
Agosto se paga con la escala de julio
La CNTCP no dictó resolución nueva ni convocó paritaria, así que agosto rige con los valores de julio por ultraactividad. Cuando salga el acuerdo siguiente, las escalas se cargan.
El régimen completo, no sólo la escala
Casas particulares no es un convenio colectivo sino un régimen especial (Ley 26.844), y liquida distinto al resto:
- Las cinco categorías —supervisor/a, tareas específicas, caseros, asistencia y cuidado de personas y tareas generales— con retiro y sin retiro, por mes y por hora.
- Antigüedad del 1% por año (Res. CNTCP 2/2021), con el tiempo de servicio computado desde el 1/9/2020.
- Adicional por zona desfavorable, que pasó del 30% al 31% en abril.
- Aportes y contribuciones que no son porcentajes: son importes fijos según el tramo de horas semanales (menos de 12, de 12 a 16, o 16 o más). Por una empleada de 16 horas o más, julio son $43.082,70 — $25.694,55 de aporte a la obra social que se le descuenta, $2.128,79 de contribución al SIPA y $15.259,36 de cuota ART.
- La cobertura de riesgos del trabajo va adentro de ese importe: este empleador no contrata ART aparte.
- No se declara en el Libro de Sueldos Digital ni en el F.931: el pago va por el F.102, y Contala arma el detalle por empleado para cargarlo.
Los valores por categoría están en la escala pública de Casas particulares.