Escala salarial Garages y playas de estacionamiento — CCT 428/05
Convenio de SOESGyPE · Básicos por categoría de los últimos meses, vigentes a octubre de 2026 · última escala del 01/10/2026
¿Para qué mirás esta escala?
| Categoría | oct '26(hoy) | sep '26 | ago '26 | jun '26 |
|---|---|---|---|---|
| Encargado | $ 1.581.421,95 | $ 1.550.413,68 | $ 1.520.013,41 | $ 1.490.209,22 |
| Administrativo | $ 1.571.455,03 | $ 1.540.642,19 | $ 1.510.433,52 | $ 1.480.817,17 |
| Operario de playa | $ 1.557.845,95 | $ 1.527.299,95 | $ 1.497.352,89 | $ 1.467.993,03 |
| Sereno | $ 1.531.413,74 | $ 1.501.386,02 | $ 1.471.947,08 | $ 1.443.085,37 |
¿Querés saber cuándo sale la próxima escala? Te avisamos por mail apenas la cargamos. Solo eso, sin publicidad.
Adicionales del convenio
- Asistencia 8%: 8% del básico
- Manejo de fondos 8%: 8% del básico (según empleado)
- Antigüedad: 1% a 1% según años de antigüedad
Aportes del trabajador
- Jubilación: 11%
- Ley 19.032: 3%
- Obra social: 3%
- Cuota sindical SOESGyPE: 3% (solo afiliados)
- Aporte solidario SOESGyPE: 2% (solo no afiliados)
- Seguro de sepelio: 1%
- Aporte mutual sindical: 1%
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto es el básico mensual de Garages y playas de estacionamiento en octubre de 2026?
- Va de $ 1.531.413,74 (Sereno) a $ 1.581.421,95 (Encargado), según la escala vigente desde el 01/10/2026.
- ¿Cuándo fue el último aumento de Garages y playas de estacionamiento?
- La última escala cargada rige desde el 01/10/2026. Cuando se homologue un acuerdo nuevo, la tabla se actualiza con esa vigencia.
- ¿Qué aportes se descuentan en Garages y playas de estacionamiento?
- Del sueldo del trabajador se descuentan: Jubilación: 11%; Ley 19.032: 3%; Obra social: 3%; Cuota sindical SOESGyPE: 3% (solo afiliados); Aporte solidario SOESGyPE: 2% (solo no afiliados); Seguro de sepelio: 1%; Aporte mutual sindical: 1%.
Valores cargados de las publicaciones oficiales de la paritaria (actas y acuerdos del CCT). Pueden variar por zona, rama o acuerdos posteriores: verificá siempre el acta oficial antes de liquidar.
Otras escalas
Alimentación — industria (obreros y empleados)Camioneros — transporte de cargasClubes de campo y barrios privadosColonias, hoteles y casas de descanso de entidades gremialesComercioConcesionarias de automotoresConcesionarias de motovehículosConstrucciónDocentes de colegios privados — Buenos AiresDocentes de colegios privados — CABADocentes de colegios privados — TucumánDocentes extraprogramáticos (Ley 13.047 art. 18 inc. b)EdificiosEmpleados de farmaciaEmpleados de la construcción (UECARA)Enseñanza privada — personal no docente (colegios)Entidades deportivas y civilesEstaciones de servicio y garages TucumánEstaciones de servicio y GNCGastronómicos y hotelerosGastronómicos y hoteleros TucumánGomerías y recauchutajeIndustria azucareraIndustria gráfica (sector obra)Mecánicos — talleres del automotorMetalúrgicosMicros y ómnibus de Mendoza — servicio de turismoMutualesPanaderías (CABA)Pastas frescasPastelería y confiteríasPersonal de Casas ParticularesProductoras independientes de televisión (SATSAID)Sanidad — clínicas y sanatoriosSanidad — laboratorios de especialidades medicinales y veterinariasSeguridad privadaTelevisión abierta (SATSAID)Trabajo agrario — personal permanenteViajantes de comercio