Escala salarial Sanidad — establecimientos sin internación — CCT 108/75
Convenio de FATSA · Básicos por categoría de los últimos meses, vigentes a octubre de 2026 · última escala del 01/08/2026
¿Para qué mirás esta escala?
| Categoría | ago '26(hoy) | jul '26 | jun '26 | abr '26 |
|---|---|---|---|---|
| Profesionales (bioquímicos, nutricionistas, kinesiólogos) | $ 1.491.141,55 | $ 1.451.417,70 | $ 1.422.958,53 | $ 1.372.187,59 |
| 1ª categoría (obstétrica, kinesiólogo, pedicuro, técnico radiólogo y de laboratorio, enfermera especializada, mecánico dental) | $ 1.355.920,10 | $ 1.319.798,54 | $ 1.293.920,14 | $ 1.247.753,27 |
| 2ª categoría (radioterapia, electromedicina, masajista, cobrador, asistente dental) | $ 1.296.500,52 | $ 1.261.961,88 | $ 1.237.217,53 | $ 1.193.073,80 |
| 3ª categoría (ayudante de radiología, auxiliar de laboratorio, foguista, mantenimiento, auxiliar de mecánico dental) | $ 1.261.013,10 | $ 1.227.419,84 | $ 1.203.352,79 | $ 1.160.417,35 |
| 4ª categoría (sereno, lavadero, planchado, costura, ayudante de mantenimiento, maestranza, bañista, ascensorista) | $ 1.178.485,29 | $ 1.147.090,57 | $ 1.124.598,60 | $ 1.084.473,09 |
| 5ª categoría (mucama, peón de limpieza, de lavadero o de sala de máquinas) | $ 1.084.408,01 | $ 1.055.519,50 | $ 1.034.823,04 | $ 997.900,71 |
| Administrativo de primera (cobra como 2ª categoría) | $ 1.296.500,52 | $ 1.261.961,88 | $ 1.237.217,53 | $ 1.193.073,80 |
| Administrativo de segunda (cobra como 3ª categoría) | $ 1.261.013,10 | $ 1.227.419,84 | $ 1.203.352,79 | $ 1.160.417,35 |
| Administrativo de tercera (cobra como 4ª categoría) | $ 1.178.485,29 | $ 1.147.090,57 | $ 1.124.598,60 | $ 1.084.473,09 |
¿Querés saber cuándo sale la próxima escala? Te avisamos por mail apenas la cargamos. Solo eso, sin publicidad.
Adicionales del convenio
- Antigüedad: 2% por año de antigüedad del básico
- Adicional operador de máquinas 20%: 20% del básico (según empleado)
- Adicional electricista con título 20%: 20% del básico (según empleado)
- Adicional licenciatura universitaria 15%: 15% del básico (según empleado)
- Adicional jornada de 6 horas en radiología/laboratorio (art. 19): 50% del básico (según empleado)
- Zona patagónica 30% (art. 18): 30% del remunerativo (según empleado)
- Asignación no remunerativa (acuerdo paritario): $ 80.000,00, no remunerativo
- Sala maternal (art. 33 CCT): $ 332.747,99, no remunerativo (según empleado)
- Día de la Sanidad (asignación no remunerativa de pago único): $ 68.863,34, no remunerativo (según empleado)
- Subsidio por fallecimiento de familiar (art. 40): 100% del básico, no remunerativo (según empleado)
Aportes del trabajador
- Jubilación: 11%
- Ley 19.032: 3%
- Obra social: 3%
- Cuota de solidaridad FATSA: 1% (solo no afiliados)
- Cuota sindical: 3% (solo afiliados)
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto es el básico mensual de Sanidad — establecimientos sin internación en octubre de 2026?
- Va de $ 1.084.408,01 (5ª categoría (mucama, peón de limpieza, de lavadero o de sala de máquinas)) a $ 1.491.141,55 (Profesionales (bioquímicos, nutricionistas, kinesiólogos)), según la escala vigente desde el 01/08/2026.
- ¿Cuándo fue el último aumento de Sanidad — establecimientos sin internación?
- La última escala cargada rige desde el 01/08/2026. Cuando se homologue un acuerdo nuevo, la tabla se actualiza con esa vigencia.
- ¿Qué aportes se descuentan en Sanidad — establecimientos sin internación?
- Del sueldo del trabajador se descuentan: Jubilación: 11%; Ley 19.032: 3%; Obra social: 3%; Cuota de solidaridad FATSA: 1% (solo no afiliados); Cuota sindical: 3% (solo afiliados).
Valores cargados de las publicaciones oficiales de la paritaria (actas y acuerdos del CCT). Pueden variar por zona, rama o acuerdos posteriores: verificá siempre el acta oficial antes de liquidar.
Otras escalas
Alimentación — industria (obreros y empleados)Camioneros — transporte de cargasClubes de campo y barrios privadosColonias, hoteles y casas de descanso de entidades gremialesComercioConcesionarias de automotoresConcesionarias de motovehículosConstrucciónDocentes de colegios privados — Buenos AiresDocentes de colegios privados — CABADocentes de colegios privados — TucumánDocentes extraprogramáticos (Ley 13.047 art. 18 inc. b)EdificiosEmpleados de farmaciaEmpleados de la construcción (UECARA)Enseñanza privada — personal no docente (colegios)Entidades deportivas y civilesEstaciones de servicio y garages TucumánEstaciones de servicio y GNCGarages y playas de estacionamientoGastronómicos y hotelerosGastronómicos y hoteleros TucumánGomerías y recauchutajeIndustria azucareraIndustria gráfica (sector obra)Mecánicos — talleres del automotorMetalúrgicosMicros y ómnibus de Mendoza — servicio de turismoMutualesPanaderías (CABA)Pastas frescasPastelería y confiteríasPersonal de Casas ParticularesProductoras independientes de televisión (SATSAID)Sanidad — clínicas y sanatoriosSanidad — laboratorios de especialidades medicinales y veterinariasSeguridad privadaTelevisión abierta (SATSAID)Trabajo agrario — personal permanenteViajantes de comercio