Escala salarial Micros y ómnibus de Mendoza — servicio de turismo — CCT 62/89
Convenio de SIPEMOM · Básicos por categoría de los últimos meses, vigentes a octubre de 2026 · última escala del 01/08/2026
¿Para qué mirás esta escala?
| Categoría | ago '26(hoy) |
|---|---|
| Chofer profesional (sin guarda) | $ 1.136.764,33 |
| Guía de turismo (por jornal) | $ 47.365,18 |
| Administrativo 1ª categoría | $ 1.131.501,57 |
| Administrativo 2ª categoría | $ 1.121.418,01 |
| Administrativo 3ª categoría | $ 1.073.608,43 |
| Administrativo 4ª categoría | $ 1.035.483,18 |
| Oficial 1º (mantenimiento) | $ 1.131.501,57 |
| Oficial (mantenimiento) | $ 1.121.418,01 |
| Medio oficial (mantenimiento) | $ 1.073.608,43 |
| Aprendiz / ayudante (mantenimiento) | $ 1.035.483,18 |
¿Querés saber cuándo sale la próxima escala? Te avisamos por mail apenas la cargamos. Solo eso, sin publicidad.
Adicionales del convenio
- Escalafón por antigüedad: 2,5% a 25% según años de antigüedad
- Adicional art. 68 y 71: $ 164.489,80
- Bono no remunerativo (acta): $ 240.000,00, no remunerativo
Aportes del trabajador
- Jubilación: 11%
- Ley 19.032: 3%
- Obra social: 3%
- Contribución solidaria SIPEMOM (Art. 4º): $ 22.735,29 (solo no afiliados)
- Cuota sindical SIPEMOM: 2% (solo afiliados)
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto es el básico mensual de Micros y ómnibus de Mendoza — servicio de turismo en octubre de 2026?
- Va de $ 1.035.483,18 (Administrativo 4ª categoría) a $ 1.136.764,33 (Chofer profesional (sin guarda)), según la escala vigente desde el 01/08/2026.
- ¿Cuándo fue el último aumento de Micros y ómnibus de Mendoza — servicio de turismo?
- La última escala cargada rige desde el 01/08/2026. Cuando se homologue un acuerdo nuevo, la tabla se actualiza con esa vigencia.
- ¿Qué aportes se descuentan en Micros y ómnibus de Mendoza — servicio de turismo?
- Del sueldo del trabajador se descuentan: Jubilación: 11%; Ley 19.032: 3%; Obra social: 3%; Contribución solidaria SIPEMOM (Art. 4º): $ 22.735,29 (solo no afiliados); Cuota sindical SIPEMOM: 2% (solo afiliados).
Valores cargados de las publicaciones oficiales de la paritaria (actas y acuerdos del CCT). Pueden variar por zona, rama o acuerdos posteriores: verificá siempre el acta oficial antes de liquidar.
Otras escalas
Alimentación — industria (obreros y empleados)Camioneros — transporte de cargasClubes de campo y barrios privadosColonias, hoteles y casas de descanso de entidades gremialesComercioConcesionarias de automotoresConcesionarias de motovehículosConstrucciónDocentes de colegios privados — Buenos AiresDocentes de colegios privados — CABADocentes de colegios privados — TucumánDocentes extraprogramáticos (Ley 13.047 art. 18 inc. b)EdificiosEmpleados de farmaciaEmpleados de la construcción (UECARA)Enseñanza privada — personal no docente (colegios)Entidades deportivas y civilesEstaciones de servicio y garages TucumánEstaciones de servicio y GNCGarages y playas de estacionamientoGastronómicos y hotelerosGastronómicos y hoteleros TucumánGomerías y recauchutajeIndustria azucareraIndustria gráfica (sector obra)Mecánicos — talleres del automotorMetalúrgicosMutualesPanaderías (CABA)Pastas frescasPastelería y confiteríasPersonal de Casas ParticularesProductoras independientes de televisión (SATSAID)Sanidad — clínicas y sanatoriosSanidad — laboratorios de especialidades medicinales y veterinariasSeguridad privadaTelevisión abierta (SATSAID)Trabajo agrario — personal permanenteViajantes de comercio